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Institucional

Comunicado Oficial

El Tribunal Supremo estima el incidente de nulidad de actuaciones presentado por esta entidad y deja sin efecto la Sentencia nº 881/2023 de 29 de junio ordenando reponer las actuaciones al momento en que se produjo la indefensión.

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En el día de hoy, nos ha sido notificado Auto dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección cuarta del Tribunal Supremo, por la que se acuerda estimar el incidente de nulidad de actuaciones presentado por esta entidad al considerar que Getafe CF ha sufrido indefensión, pues razona el Tribunal Supremo que el Getafe CF se personó en tiempo y forma con fecha 21 de Abril de 2.020 y no se le ha tenido por personado ni dado traslado de las actuaciones por lo que no ha podido oponerse a las pretensiones de la Abogada del Estado.

El Alto Tribunal acuerda dejar sin efecto la Sentencia nº 881/2023, de 29 de junio y ordena reponer las actuaciones a fin de que pueda oponerse en tiempo y forma, continuando el procedimiento por sus cauces procesales.

Por esta razón y hasta que no se dicte en su momento nueva Sentencia que ponga fin al procedimiento en un sentido u otro, se podrá asistir a la celebración de los partidos que se disputen en el Coliseum.

En consecuencia, con lo expuesto, los abonados podrán asistir al primer partido del Campeonato Nacional de Liga contra el FC Barcelona y las entradas podrán adquirirse a partir del próximo lunes 31 de Julio de 2.023.